El BCRA impuso esta norma desde hoy. Es para frenar “rulos” con el contado con liquidación y el MEP. Aplica a todas las personas, humanas y jurídicas
El Banco Central (BCRA) reinstauró la restricción cruzada que impone un plazo de 90 días en los que los compradores de dólar oficial no pueden operar con contado con liquidación o MEP y viceversa. Es para frenar rulos ante la incipiente brecha cambiaria que se había formado entre los diversos mercados donde se transa la divisa.
La autoridad monetaria publicó este viernes la Comunicación “A” 8336 que modifica las normas cambiarias. La restricción que introdujo el directorio de la entidad que conduce Santiago Bausili no es desconocida para los operadores y ahorristas locales: supo estar vigente durante los últimos episodio de controles de cambio, la era de “cepo cambiario”.
Los operadores del mercado la conocen como “restricción cruzada”, y lo que hace es impedir a las personas que compran dólares en el mercado oficial volcar esas divisas en las plazas financieras del dólar MEP y el dólar contado con liquidación durante 90 días.
La restricción se aplica en ambas direcciones: quienes operen con dólar MEP y contado con liqui quedarán inhabilitados para recurrir al mercado cambiario oficial por el mismo período de 3 meses.
Este impedimento ya pesaba para personas jurídicas, empresas. Ahora se aplica también a las personas humanas.
El Banco Central difundió el informe de la evolución del mercado de cambios y balance cambiario. Se trata del mayor monto de compra de moneda extranjera por parte de las personas desde enero 2018.